Corte Suprema · Penal
Trasladar a un herido de bala al hospital no es detención ilegal
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el traslado a un centro asistencial de una persona herida por proyectil balístico fue una obligación humanitaria y no un acto de investigación ni una detención encubierta, y que esa herida constituía un indicio que habilitaba el control de identidad investigativo. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Traslado de sujeto herido por proyectil balístico a centro asistencial constituye obligación humanitaria, no detención ilegal
- Los antecedentes objetivos habilitan el control de identidad y la posterior detención
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web