Corte Suprema · Familia
Sin menoscabo económico acreditado no procede la compensación económica
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, sin denunciarse infracción al art. 32 de la Ley N° 19.968, los hechos quedan fijos, y negar el menoscabo por la similar situación socioeconómica de los cónyuges y la edad de la actora al cese de la convivencia no es error de derecho (art. 62 LMC). Rechazó la casación.
Materias tratadas
- Rechazo de compensación económica por situaciones socioeconómicas similares de ambos cónyuges y edad de la actora al término de la convivencia que permitía reincorporación laboral
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
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