Corte de Apelaciones de Concepción · Familia
Sin cumplir íntegramente las condiciones pactadas no procede agregar pernoctación
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que no se cumplieron cabalmente las condiciones de la conciliación para incluir la pernoctación, pues el certificado exigido debía emitirlo un médico del centro de salud familiar y lo extendió una psicóloga, y no indicaba si el tratamiento farmacológico del progenitor afectaba sus habilidades parentales. Revocó la resolución y negó la pernoctación.
Materias tratadas
- Relación directa y regular
- Régimen comunicacional provisorio con pernoctación
- Cumplimiento de las condiciones pactadas en la conciliación
- Exigencia de certificado médico del CESFAM sobre salud mental y eventual tratamiento por consumo de alcohol
- Constancia de si el tratamiento afecta las habilidades parentales
- Recurso de apelación (artículos 67 y siguientes de la Ley N° 19.968)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web