Corte de Apelaciones de Valparaíso · Familia

El procedimiento extraordinario de cobro con fondos AFP puede reiterarse

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que el artículo 19 quinquies de la Ley N° 14.908 no limita las veces que puede pedirse el cobro con fondos previsionales: lo extraordinario alude a la etapa posterior a la investigación patrimonial, no a una prohibición de reiterarlo. Revocó y dio lugar al procedimiento.

Materias tratadas

  • Cobro de deudas de alimentos
  • Procedimiento extraordinario de cobro con cargo a fondos previsionales (AFP) (artículo 19 quinquies de la Ley N° 14.908, incorporado por la Ley N° 21.484)
  • Inexistencia de un límite en el número de oportunidades para solicitar el procedimiento extraordinario
  • Carácter "extraordinario" del procedimiento como referencia a la etapa procesal posterior a la investigación patrimonial (artículo 19 quater de la Ley N° 14.908) y no como restricción a su reiteración
  • Historia fidedigna de la Ley N° 21.484 y aseguramiento del cobro efectivo de las deudas de alimentos
  • Interés superior de niños, niñas y adolescentes (Ley N° 19.968)
  • Existencia de deudas alimenticias impagas por más de tres pensiones
  • Recurso de apelación en el procedimiento de familia (artículo 67 de la Ley N° 19.968)

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Valparaíso
Área
Familia
Texto íntegro (PDF)
Disponible para suscriptores

Lee este fallo completo en Litis Pro

Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.

Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.

¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web

Fallos relacionados

Las fichas omiten nombres, RUT, rol y fechas. Si algún dato te identifica, pide su revisión o retiro en Privacidad y retiro.