Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
Si la pena probable admite cumplimiento en libertad, bastan cautelares menores
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la comparecencia voluntaria del imputado, su irreprochable conducta anterior y su colaboración, al no cuestionar los hechos, permiten prever una pena de menor entidad con cumplimiento en libertad, por lo que las cautelares menores decretadas son suficientes y proporcionales: confirmó el rechazo de la prisión preventiva.
Materias tratadas
- Prisión preventiva
- Presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal no controvertidos por la defensa
- Necesidad de cautela como único extremo en debate
- Suficiencia y proporcionalidad de las medidas cautelares de las letras a), c) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal
- Incidencia de la irreprochable conducta anterior del artículo 11 N° 6 del Código Penal, de la comparecencia voluntaria y de la falta de cuestionamiento de los hechos en la prognosis de pena y en la posibilidad de cumplimiento alternativo en libertad
- Delitos reiterados de estafa del artículo 467 N° 1 del Código Penal
- Artículos 139, 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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