Corte Suprema · Civil
Rentas impagas y cláusula penal son acumulables si se pactó expresamente
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el artículo 1543 del Código Civil permite exigir a la vez la renta adeudada y la pena cuando así se pactó expresamente. Como el contrato lo preveía ante mora superior a dos meses, la multa procede sin configurar enriquecimiento sin causa. Rechazó la casación por manifiesta falta de fundamento.
Materias tratadas
- Término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas
- Procedencia y compatibilidad del cobro conjunto de las rentas adeudadas y la cláusula penal cuando existe estipulación contractual expresa respaldada por la autonomía de la voluntad
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Civil
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