Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
Reincidencia y delito durante libertad vigilada justifican prisión preventiva
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la reincidencia específica, la comisión del nuevo delito durante una libertad vigilada intensiva y la prognosis de pena efectiva (artículo 62 de la Ley N° 20.000) hacen de la libertad del imputado un peligro para la sociedad, que nueve meses de encierro no enervan. Confirmó la prisión preventiva.
Materias tratadas
- Prisión preventiva
- Mantención de la medida y control de sus presupuestos en alzada
- Presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal
- Necesidad de cautela (artículo 140 letra c) del Código Procesal Penal)
- Peligro para la seguridad de la sociedad
- Reincidencia específica (artículo 12 N° 16 del Código Penal)
- Comisión del nuevo delito durante el cumplimiento de una pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva
- Prognosis de pena de cumplimiento efectivo (artículo 62 de la Ley N° 20.000)
- Improcedencia de la sustitución por medidas del artículo 155 del Código Procesal Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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