Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
Más de 900 dosis y varias sustancias configuran tráfico, no microtráfico
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que más de 900 dosis, droga a granel y tres sustancias distintas configuran tráfico del artículo 3° de la Ley N° 20.000, calificación que compete al Ministerio Público y al tribunal, no a la policía. Dada la pena de crimen y la condena previa, confirmó la prisión preventiva.
Materias tratadas
- Prisión preventiva
- Delito de tráfico ilícito de drogas (artículo 3° de la Ley N° 20.000) y su distinción del tráfico en pequeñas cantidades
- Calificación jurídica como facultad del Ministerio Público y del tribunal
- Presunción fundada de participación por flagrancia (letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal)
- Necesidad de cautela (artículo 140 letra c) del Código Procesal Penal)
- Peligro de fuga y peligro para la seguridad de la sociedad
- Ausencia de irreprochable conducta anterior
- Improcedencia del arresto domiciliario total (artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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