Corte Suprema · Penal
Registro con orden judicial válido y descarte de pequeñas cantidades
Lo que resolvió la Corte
Para la Corte Suprema, el registro con orden judicial es válido si no se acreditan límites en la autorización, y la demora en remitir la droga al Servicio de Salud solo acarrea multa, sin invalidar la evidencia.
Descartó las pequeñas cantidades: más de 182 gramos de cocaína, con balanza y elementos para dosificar, configuran tráfico. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Tráfico ilícito de drogas - validez de entrada y registro con orden judicial y trazabilidad de la evidencia
- Calificación del tráfico de drogas vs. tráfico de pequeñas cantidades (artículos 3 y 4 de la Ley N° 20.000)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web