Corte de Apelaciones de Santiago · Penal
Reemplazar la prisión preventiva por caución es apelable como revocación material
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que trasladar la necesidad de cautela del peligro para la sociedad al peligro de fuga, fijando una caución que permite recobrar la libertad, revoca materialmente la prisión preventiva y es apelable conforme al artículo 149 del Código Procesal Penal. Acogió el recurso de hecho y concedió la apelación en el solo efecto devolutivo.
Materias tratadas
- Recurso de hecho
- Admisibilidad del recurso de apelación verbal deducido en audiencia (artículo 149 del Código Procesal Penal)
- Modificación de la necesidad de cautela del artículo 140 letra c) del Código Procesal Penal
- Reemplazo de la prisión preventiva por caución económica (artículo 146 del Código Procesal Penal) como revocación material de la medida
- Comprensión lógica del sistema recursivo
- Artículos 369 y 370 letra b) del Código Procesal Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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