Corte de Apelaciones de Santiago · Penal

El intento fallido de notificar a la querellada evita el abandono

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que, para el abandono del artículo 402 del Código Procesal Penal, el intento de notificar a la querellada frustrado por causas ajenas a la querellante es diligencia útil, pues exigir una notificación exitosa incentivaría eludirla, contra la buena fe procesal. Al no transcurrir treinta días sin diligencias, revocó el abandono y ordenó continuar la tramitación.

Materias tratadas

  • Abandono de la acción penal privada
  • Artículo 402 del Código Procesal Penal
  • Cómputo del plazo de treinta días de inactividad procesal
  • Carga del impulso procesal del querellante
  • Intento fallido de notificación de la querellada, por razones ajenas a la querellante, como diligencia útil
  • Sobreseimiento
  • Principio de buena fe procesal

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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