Corte Suprema · Laboral
Reclamo de multa laboral tras reconsideración: plazo en días hábiles administrativos
Lo que resolvió la Corte
Para la Corte Suprema, el plazo del artículo 512 del Código del Trabajo para reclamar el rechazo de la reconsideración se rige por el artículo 25 de la Ley N° 19.880, excluyendo sábados, domingos y festivos. Declarar extemporánea la reclamación, presentada en plazo, constituyó falta o abuso grave: acogió la queja, dejó sin efecto lo resuelto y ordenó tramitarla.
Materias tratadas
- Plazo para reclamar multas laborales tras rechazo de reconsideración
- Cómputo de plazos (días hábiles administrativos vs. días hábiles judiciales)
- Aplicación supletoria de la Ley N° 19.880 al Código del Trabajo
- Derecho a la tutela judicial efectiva
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Laboral
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- Resumen extenso
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