Corte Suprema · Familia
Reanudar la convivencia con ánimo de permanencia reinicia el cómputo del cese
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que reanudar la vida en común con ánimo de permanencia reinicia el cómputo del cese de convivencia, por lo que no procedía el divorcio unilateral.
La separación judicial no impide declarar un bien familiar, y la pensión no excede el 50% de los ingresos: rechazó el recurso.
Materias tratadas
- La reanudación de la vida en común con ánimo de permanencia interrumpe el cómputo del plazo de cese de convivencia, y la separación judicial no impide la declaración de bien familiar
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
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