Corte Suprema · Familia
Procede el exequátur de sentencia extranjera que denegó la restitución de niños
Lo que resolvió la Corte
A falta de tratado y reciprocidad, la Corte Suprema verificó los requisitos del artículo 245 del Código de Procedimiento Civil: la sentencia, que denegó el retorno de los niños por su integración al nuevo entorno, está ejecutoriada, el requerido tuvo representación y no contraría el orden público ni la jurisdicción nacional. Acogió el exequátur.
Materias tratadas
- Reconocimiento en Chile de sentencia española que rechazó la restitución internacional de niños por integración en su nuevo entorno (Convención de La Haya 1980)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
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