Corte Suprema · Penal
Procede el amparo ante reprogramación injustificada del juicio oral
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la nueva reprogramación de la audiencia de juicio oral excedía injustificadamente el plazo de agendamiento del artículo 281 del Código Procesal Penal, situación agravada por haber sido ya reprogramada y por encontrarse los acusados en prisión preventiva. Revocó, acogió el amparo y ordenó reprogramar la audiencia para la fecha más próxima posible.
Materias tratadas
- Recurso de amparo
- Reprogramación injustificada de la audiencia de juicio oral
- Plazo de agendamiento (art. 281 CPP)
- Prisión preventiva
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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