Corte Suprema · Penal

Procede abonar la privación de libertad sufrida en otra causa con absolución

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que el abono heterogéneo, no autorizado expresamente por el artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales, tampoco está prohibido, y que la justicia material y el principio pro homine exigen compensar la privación de libertad sufrida en otra causa en que el imputado fue absuelto: acogió el amparo y ordenó el abono.

Materias tratadas

  • Procedencia del abono heterogéneo (imputación de tiempos de privación de libertad de una causa diversa con absolución)

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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