Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
No procede sobreseer por prescripción si delitos posteriores pudieron interrumpirla
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la prescripción se interrumpe de pleno derecho por la comisión de un nuevo crimen o simple delito (artículo 96 del Código Penal). Como no puede descartarse ese efecto de hechos posteriores, no se alcanza la certeza que exige el sobreseimiento definitivo: revocó la resolución, negó el sobreseimiento y dispuso continuar el procedimiento.
Materias tratadas
- Sobreseimiento definitivo por prescripción de la acción penal
- Estándar de certeza exigido para decretar el sobreseimiento definitivo (artículos 250 y 253 del Código Procesal Penal)
- Distinción entre suspensión e interrupción de la prescripción (artículo 96 del Código Penal)
- Interrupción de pleno derecho por la comisión de nuevos delitos
- Suspensión de la prescripción y su relación con la formalización (artículo 233 del Código Procesal Penal)
- Plazo de prescripción de los simples delitos (artículo 94 del Código Penal)
- Improcedencia de declarar la prescripción de un hecho de forma aislada dentro de una secuencia delictiva
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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