Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
Condena previa, víctima menor y libertad vigilada vigente justifican la prisión preventiva
Lo que resolvió la Corte
La Corte consideró que la gravedad del delito, una condena anterior por el mismo ilícito, la minoría de edad de la víctima y cometerlo mientras cumplía libertad vigilada intensiva hacen de la libertad del imputado un peligro para la seguridad de la sociedad. Confirmó la prisión preventiva, por ser insuficientes las medidas del artículo 155 del Código Procesal Penal.
Materias tratadas
- Prisión preventiva
- Presunción fundada de participación en sede cautelar (artículo 140 del Código Procesal Penal)
- Necesidad de cautela y peligro para la seguridad de la sociedad
- Incidencia de una condena anterior por el mismo delito
- Comisión del nuevo ilícito durante el cumplimiento de una pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva
- Víctima menor de edad
- Insuficiencia de las medidas del artículo 155 del Código Procesal Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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