Corte de Apelaciones de Valparaíso · Penal
Pena fundada, aunque superior a la pedida, no es error de derecho
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que no yerra en derecho la sentencia que gradúa la pena según los criterios del artículo 17 B de la Ley N° 17.798 y del artículo 449 del Código Penal, como el arma cargada, y que en juicio oral cabe imponer pena superior a la pedida sin alterar la calificación. Rechazó ambos recursos de nulidad.
Materias tratadas
- Recurso de nulidad
- Causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal (errónea aplicación del derecho)
- Determinación judicial de la pena
- Marco rígido del artículo 17 B de la Ley N° 17.798
- Regla 1ª del artículo 449 del Código Penal
- Extensión del mal causado
- Valoración de la atenuante de colaboración sustancial del artículo 11 N° 9 del Código Penal
- Improcedencia de la infracción al artículo 341 del Código Procesal Penal por imposición de penas superiores a las solicitadas por el Ministerio Público en el juicio oral
- Tenencia ilegal de arma de fuego del artículo 9º de la Ley N° 17.798
- Receptación del artículo 456 bis A del Código Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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