Corte de Apelaciones de Valparaíso · Laboral
No hay non bis in idem si las multas sancionan incumplimientos distintos
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que no se vulnera el principio non bis in idem cuando se multa la omisión del protocolo de prevención del acoso en el reglamento interno y la falta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo con la documentación requerida, pues son hechos diversos e independientes. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Reclamación de multa administrativa
- Recurso de nulidad laboral
- Principio non bis in idem
- Multas por incumplimientos diversos, independientes y distinguibles
- Protocolo de prevención de acoso y Ley N°21.643 (artículo 154 N°12 y artículo 211-B del Código del Trabajo)
- Facultad fiscalizadora y requerimiento de documentación (artículo 31 del D.F.L. N°2 de 1967, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo)
- Improcedencia de revisar la calificación jurídica por la vía del artículo 477 (artículo 478 letra c) del Código del Trabajo)
- Artículo 477 del Código del Trabajo
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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