Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
No hay litispendencia entre ejecución de facturas y juicio indemnizatorio
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que no hay litispendencia entre el cobro ejecutivo de facturas y un juicio ordinario indemnizatorio, por faltar identidad de cosa pedida y causa de pedir. Aplicando la prescripción anual del artículo 10 de la Ley N° 19.983, revocó y ordenó seguir la ejecución solo por la factura cuyo plazo se interrumpió a tiempo.
Materias tratadas
- Juicio ejecutivo
- Excepción de litispendencia y sus requisitos copulativos
- Improcedencia de la litispendencia entre el juicio ejecutivo y un juicio ordinario de indemnización de perjuicios
- Excepción de falsedad del título ejecutivo
- Excepción de nulidad de la obligación
- Excepción de prescripción de la acción ejecutiva derivada de facturas
- Interrupción de la prescripción por notificación de la gestión preparatoria
- Condena en costas
- Artículo 464 N° 6, N° 14 y N° 17 del Código de Procedimiento Civil
- Artículos 2° y 10 de la Ley N° 19.983
- Artículo 434 N° 7 del Código de Procedimiento Civil
- Artículo 471 del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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