Corte de Apelaciones de Valparaíso · Civil
Los reparos al valor probatorio no fundan una objeción de documentos
Lo que resolvió la Corte
La Corte rechazó la objeción porque sus fundamentos no atañen a la validez formal de los documentos sino a su valor probatorio, que pondera el tribunal. Además, esos documentos no desvirtúan lo resuelto, pues valoran obras de arte originales y no las reproducciones en litigio. Confirmó la sentencia.
Materias tratadas
- Objeción de documentos en segunda instancia (artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil)
- Distinción entre la validez formal del documento y su valor probatorio
- Facultad del tribunal de ponderar el mérito probatorio de la prueba documental
- Insuficiencia de los documentos acompañados en alzada para desvirtuar lo resuelto en primera instancia
- Distinción entre el valor de las obras de arte originales y el de sus reproducciones
- Confirmación de la sentencia (artículo 186 del Código de Procedimiento Civil)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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