Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
La querella nominativa no suspende la prescripción de la acción penal
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, conforme al artículo 233 del Código Procesal Penal, solo la formalización suspende la prescripción, por ser el acto que comunica formalmente los cargos; la querella nominativa y las diligencias de investigación no producen ese efecto. Sin formalización en cinco años, tratándose de simple delito, confirmó el sobreseimiento definitivo.
Materias tratadas
- Prescripción de la acción penal
- Sobreseimiento definitivo por extinción de la responsabilidad penal (artículo 250 letra d) del Código Procesal Penal)
- Formalización de la investigación como único acto procesal con aptitud para suspender el curso de la prescripción (artículo 233 del Código Procesal Penal)
- Ineficacia suspensiva de la querella nominativa y de las diligencias de investigación practicadas
- Comunicación formal de cargos como esencia de la formalización
- Plazo de cinco años de prescripción tratándose de simple delito
- Doctrina uniforme de la Corte Suprema durante el año 2025
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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