Corte Suprema · Civil
La nulidad procesal exige trascendencia: no cabe la nulidad por la nulidad
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que anular todo lo obrado alegando que debió aplicarse la notificación tácita vulnera el principio de trascendencia, si la deudora, emplazada por avisos, compareció y se defendió. Aunque rechazó la queja por razones formales, invalidó de oficio esa resolución (art. 84 CPC) y ordenó que un tribunal no inhabilitado conozca la apelación.
Materias tratadas
- Principios de la nulidad procesal (trascendencia y extensión)
- Improcedencia de la nulidad por la nulidad
- Liquidación forzosa
- Validez del emplazamiento por avisos frente a la notificación tácita o ficta
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Civil
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