Corte de Apelaciones de Santiago · Laboral

La nulidad no permite revalorar si una manicurista estaba subordinada

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que reinterpretar los WhatsApp y la agenda con que una manicurista quiso probar su subordinación es discrepar de la valoración, no infringir la sana crítica. Quedó fijado que no estaba obligada a asistir ni trabajaba bajo órdenes. El artículo 8° del Código del Trabajo presume el contrato, no la subordinación. Rechazó el recurso de nulidad, sin costas.

Materias tratadas

  • Subordinación no acreditada: revaloración probatoria y hechos fijados en nulidad laboral

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Laboral
Texto íntegro (PDF)
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