Corte Suprema · Laboral
La notificación electrónica excluye sábados; el reclamo de multa los incluye
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que los tres días para entender practicada la notificación electrónica excluyen los sábados, conforme a la Ley N° 19.880, pero los quince días para reclamar la multa los incluyen, según la regla laboral. Declarar caducado el reclamo fue una falta grave: acogió el recurso de queja y lo declaró oportuno.
Materias tratadas
- Reclamación de multa administrativa
- Caducidad de la acción
- Cómputo de plazos
- Notificación por correo electrónico (artículos 503, 508 y 511 del Código del Trabajo)
- Ley N° 19.880
- Derecho a la tutela judicial efectiva
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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