Corte Suprema · Laboral

La notificación electrónica excluye sábados; el reclamo de multa los incluye

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que los tres días para entender practicada la notificación electrónica excluyen los sábados, conforme a la Ley N° 19.880, pero los quince días para reclamar la multa los incluyen, según la regla laboral. Declarar caducado el reclamo fue una falta grave: acogió el recurso de queja y lo declaró oportuno.

Materias tratadas

  • Reclamación de multa administrativa
  • Caducidad de la acción
  • Cómputo de plazos
  • Notificación por correo electrónico (artículos 503, 508 y 511 del Código del Trabajo)
  • Ley N° 19.880
  • Derecho a la tutela judicial efectiva

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Laboral
Texto íntegro (PDF)
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