Corte Suprema · Laboral

No procede unificar sobre honorarios en el Estado: materia ya unificada

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que la aplicación del Código del Trabajo a quienes prestan servicios a honorarios para el Estado es materia ya unificada: rige si las labores exceden la temporalidad, especificidad y no habitualidad y presentan subordinación y dependencia. Como el fallo impugnado coincide con ese criterio, declaró inadmisible la unificación de jurisprudencia.

Materias tratadas

  • Reconocimiento de relación laboral
  • Trabajadores a honorarios en la Administración del Estado (Municipalidades)
  • Vínculo de subordinación y dependencia
  • Aplicación del Código del Trabajo por sobre el artículo 4 de la Ley N° 18.883
  • Inadmisibilidad por materia ya unificada

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Laboral
Texto íntegro (PDF)
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