Corte Suprema · Civil
La interpretación del contrato solo es revisable en casación si se desnaturaliza
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema reiteró que interpretar el contrato es facultad privativa de los jueces del fondo, revisable en casación solo si se desnaturaliza lo pactado. Como la arrendadora declaró que el inmueble estaba habilitado para el comercio, lo que resultó falso, atribuirle el incumplimiento no desnaturalizó lo pactado: rechazó sus recursos de casación en la forma y en el fondo.
Materias tratadas
- Resolución de contrato de arrendamiento comercial
- Límites del recurso de casación respecto a la interpretación contractual y la imposibilidad de revisar dicha labor judicial salvo que se desnaturalice lo acordado por las partes
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Civil
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