Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
La detención en flagrancia al interior del inmueble es legal
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la detención fue legal: la policía acudió al ser advertida de que un sujeto lanzaba especies desde un domicilio y lo detuvo en flagrancia, conforme a los artículos 85 y 129 del Código Procesal Penal. Por la prognosis de pena y los numerosos antecedentes penales del imputado, confirmó la prisión preventiva.
Materias tratadas
- Prisión preventiva
- Robo en lugar habitado en grado de frustrado (artículo 440 N° 1 del Código Penal)
- Legalidad de la detención y control de identidad investigativo practicado al interior de un inmueble (artículo 85 del Código Procesal Penal)
- Detención en situación de flagrancia (artículo 129 del Código Procesal Penal)
- Calificación jurídica y acta de fuerza en las cosas contenida en el parte policial como antecedente justificante del delito
- Necesidad de cautela fundada en la prognosis de pena y en numerosos antecedentes penales (artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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