Corte de Apelaciones de Concepción · Penal

La detención en flagrancia al interior del inmueble es legal

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que la detención fue legal: la policía acudió al ser advertida de que un sujeto lanzaba especies desde un domicilio y lo detuvo en flagrancia, conforme a los artículos 85 y 129 del Código Procesal Penal. Por la prognosis de pena y los numerosos antecedentes penales del imputado, confirmó la prisión preventiva.

Materias tratadas

  • Prisión preventiva
  • Robo en lugar habitado en grado de frustrado (artículo 440 N° 1 del Código Penal)
  • Legalidad de la detención y control de identidad investigativo practicado al interior de un inmueble (artículo 85 del Código Procesal Penal)
  • Detención en situación de flagrancia (artículo 129 del Código Procesal Penal)
  • Calificación jurídica y acta de fuerza en las cosas contenida en el parte policial como antecedente justificante del delito
  • Necesidad de cautela fundada en la prognosis de pena y en numerosos antecedentes penales (artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal)

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Concepción
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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