Corte de Apelaciones de Santiago · Familia

La compensación económica no se calcula multiplicando la remuneración perdida

Lo que resolvió la Corte

La Corte tuvo por acreditado el menoscabo de la cónyuge que dejó de trabajar para cuidar a la hija y el hogar. No cabe cuantificarlo multiplicando la remuneración posible por los meses de inactividad, pues ignora el aporte al hogar común; lo calculó suponiendo un ahorro previsional del 10%. Revocó y acogió la compensación.

Materias tratadas

  • Compensación económica (artículos 61 y 62 de la Ley N° 19.947)
  • Presupuestos del artículo 61
  • Menoscabo económico y previsional derivado de la dedicación al cuidado de la hija y del hogar común e interrupción de la actividad laboral
  • Determinación del quantum
  • Improcedencia de multiplicar la remuneración por los meses de inactividad sin descontar el aporte al hogar común
  • Cuantificación sobre la base del 10% de ahorro previsional
  • Pago mediante traspaso de fondos previsionales

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Familia
Texto íntegro (PDF)
Disponible para suscriptores

Lee este fallo completo en Litis Pro

Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.

Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.

¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web

Fallos relacionados

Las fichas omiten nombres, RUT, rol y fechas. Si algún dato te identifica, pide su revisión o retiro en Privacidad y retiro.