Corte de Apelaciones de Valparaíso · Familia
La asistencia a mediación acredita perfecto conocimiento de las obligaciones alimentarias
Lo que resolvió la Corte
La Corte, aplicando el artículo 2299 del Código Civil (del que da lo que no debe no se presume que lo dona, salvo perfecto conocimiento en el hecho y en el derecho), consideró que el demandado, al haber concurrido a mediación, conocía perfectamente sus obligaciones alimentarias. Confirmó la resolución apelada.
Materias tratadas
- Cumplimiento de obligaciones alimentarias
- Pago de lo no debido y ausencia de presunción de donación salvo prueba de perfecto conocimiento en el hecho y en el derecho (artículo 2299 del Código Civil)
- Perfecto conocimiento de las obligaciones alimentarias derivado de la comparecencia previa a mediación
- Recurso de apelación en el procedimiento de familia (artículo 67 de la Ley N° 19.968)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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