Corte Suprema · Familia
Exequátur de sentencia extranjera de filiación conforme al artículo 245 CPC
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, sin tratado con el país de origen, rige el artículo 245 del Código de Procedimiento Civil, cuyos requisitos se cumplen: el fallo armoniza con las normas chilenas sobre filiación, no afecta la jurisdicción nacional, hubo notificación y está ejecutoriado. Acogió el exequátur.
Materias tratadas
- Exequátur, reconocimiento y cumplimiento de sentencia extranjera sobre impugnación y reclamación de filiación, y cumplimiento de los requisitos del artículo 245 del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
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