Corte Suprema · Familia
Salida del país de los niños procede si les reporta beneficio
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el padre recurrente no explicó cómo se vulneraron las reglas de la sana crítica y solo discrepó de la valoración de la prueba, por lo que los hechos quedaron firmes. Sobre ellos, la autorización es correcta: se acreditó el beneficio de los niños, resguardándose el vínculo paterno. Rechazó la casación en el fondo.
Materias tratadas
- Autorización de salida del país, interés superior de los niños, beneficio reportado por los estudios de posgrado de la madre custodia y deficiente impugnación de la sana crítica
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
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