Corte Suprema · Civil

Estado civil no admite transacción ni renuncia anticipada a petición de herencia

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que el estado civil no es transable y que, siendo indivisible la transacción, su nulidad alcanza la renuncia a la petición de herencia, derecho aún inexistente.

La acción solo se extingue si un tercero adquiere la herencia por prescripción, no probada. Rechazó las casaciones en la forma y en el fondo.

Materias tratadas

  • Acción de petición de herencia
  • Transacción sobre materias no transables (estado civil)
  • Irrenunciabilidad de la acción de filiación
  • Transacción sobre derechos inexistentes (artículo 2452 del Código Civil)
  • Prescripción adquisitiva y extintiva del derecho real de herencia
  • Efecto interruptivo de la demanda de filiación

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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