Corte de Apelaciones de Concepción · Civil

Es inapelable el decreto que mantiene la notificación por cédula

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que la resolución que mantiene la orden de notificar por cédula es un decreto dictado en ejercicio de la facultad del artículo 48 del Código de Procedimiento Civil, que no altera la substanciación regular del juicio, por lo que es inapelable según el artículo 188. Rechazó el recurso de hecho.

Materias tratadas

  • Recurso de hecho (artículo 203 del Código de Procedimiento Civil)
  • Inapelabilidad de autos y decretos salvo que alteren la substanciación regular del juicio o recaigan sobre trámites no ordenados expresamente por la ley (artículo 188 del Código de Procedimiento Civil)
  • Facultad del tribunal para ordenar la notificación por cédula (artículo 48 del Código de Procedimiento Civil)
  • Potestad directiva del proceso

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Concepción
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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