Corte de Apelaciones de Valparaíso · Civil
Es inapelable el auto que rechaza apercibir a completar notificaciones
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la resolución que rechaza apercibir al demandante a completar la notificación de todos los demandados no es sentencia interlocutoria sino auto (artículo 158 inciso quinto del Código de Procedimiento Civil), y no encuadra en las excepciones del artículo 188 que lo harían apelable. Rechazó el recurso de hecho.
Materias tratadas
- Recurso de hecho
- Naturaleza jurídica de auto de la resolución que rechaza una solicitud de apercibimiento de notificación (artículo 158 inciso quinto del Código de Procedimiento Civil)
- Improcedencia de la apelación respecto de autos que no alteran la sustanciación regular del juicio ni recaen sobre trámite no ordenado expresamente
- Artículos 158, 188 y 203 del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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