Corte de Apelaciones de Valparaíso · Laboral
El trabajador trasladado por el contrato puede demandar en su domicilio
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el trabajador puede demandar ante el tribunal de su domicilio si trasladó su residencia por el contrato y ello consta en él (artículo 423 inciso final del Código del Trabajo). Ocurría así: el contrato fijaba su domicilio y lo destinaba a una faena minera en otra ciudad. Revocó y declaró competente al tribunal.
Materias tratadas
- Competencia relativa en materia laboral
- Artículo 423 inciso final del Código del Trabajo
- Regla del tribunal del domicilio del demandante cuando el trabajador ha debido trasladar su residencia con motivo del contrato de trabajo
- Exigencia de que dicha circunstancia conste en el respectivo instrumento
- Domicilio pactado en el contrato frente al lugar de desempeño de las labores en faena minera bajo sistema de turnos
- Artículos 476 y siguientes del Código del Trabajo
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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