Corte Suprema · Penal
El querellante no puede invocar la causal del artículo 373 letra a)
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el titular de las garantías del artículo 373 letra a) del CPP es el imputado, no el Ministerio Público ni el querellante, pues buscan permitirle contrarrestar el poder punitivo estatal. Declaró inadmisible esa causal de nulidad y remitió los antecedentes a la Corte de Apelaciones por la subsidiaria.
Materias tratadas
- Recurso de nulidad
- Legitimación activa del querellante
- Causal del artículo 373 letra a) CPP
- Titularidad de las garantías del debido proceso
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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