Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
El juez no puede rebajar una multa administrativa sin constatar ilegalidad
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el tribunal solo puede alterar la cuantía de una sanción administrativa si constata una ilegalidad en el actuar de la Administración. Como no la había y la multa se ajustaba al rango del artículo 174 del Código Sanitario, revocó la rebaja y mantuvo la multa original.
Materias tratadas
- Procedimiento contencioso administrativo de reclamación de multa sanitaria
- Límites de la potestad jurisdiccional para revisar sanciones administrativas
- Improcedencia de rebajar el monto de la multa sin constatar ilegalidad del acto sancionador
- Rango legal de la multa sanitaria
- Artículo 174 del Código Sanitario
- Artículo 186 y siguiente del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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