Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
El desalojo del artículo 157 ter exige probar dominio y ocupación ilegal
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el desalojo del artículo 157 ter del Código Procesal Penal exige acreditar, copulativamente, dominio y ocupación ilegal actual de cada imputado. Solo se probó el dominio: los antecedentes no precisaban la ocupación en un predio extenso, y las tomas antiguas restan urgencia a la medida. Confirmó el rechazo del desalojo.
Materias tratadas
- Medida cautelar real especial de desalojo del artículo 157 ter del Código Procesal Penal
- Requisitos copulativos de acreditación del dominio del inmueble y de la ocupación ilegal por los imputados
- Insuficiencia del acta notarial, fotografías, croquis, plano topográfico y notificaciones policiales para acreditar la ocupación actual atribuida a cada imputado
- Relevancia de la data de las tomas y carácter excepcional y urgente de la medida frente a ocupaciones consolidadas
- Complejidad de la situación posesoria derivada de procesos administrativos sobre la naturaleza fiscal del borde costero y de un eventual proceso expropiatorio
- Apreciación de los antecedentes conforme a las reglas de la sana crítica
- Delito de usurpación del artículo 457 del Código Penal
- Artículos 157 ter y 158 del Código Procesal Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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