Corte de Apelaciones de Concepción · Penal

El desalojo del artículo 157 ter exige probar dominio y ocupación ilegal

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que el desalojo del artículo 157 ter del Código Procesal Penal exige acreditar, copulativamente, dominio y ocupación ilegal actual de cada imputado. Solo se probó el dominio: los antecedentes no precisaban la ocupación en un predio extenso, y las tomas antiguas restan urgencia a la medida. Confirmó el rechazo del desalojo.

Materias tratadas

  • Medida cautelar real especial de desalojo del artículo 157 ter del Código Procesal Penal
  • Requisitos copulativos de acreditación del dominio del inmueble y de la ocupación ilegal por los imputados
  • Insuficiencia del acta notarial, fotografías, croquis, plano topográfico y notificaciones policiales para acreditar la ocupación actual atribuida a cada imputado
  • Relevancia de la data de las tomas y carácter excepcional y urgente de la medida frente a ocupaciones consolidadas
  • Complejidad de la situación posesoria derivada de procesos administrativos sobre la naturaleza fiscal del borde costero y de un eventual proceso expropiatorio
  • Apreciación de los antecedentes conforme a las reglas de la sana crítica
  • Delito de usurpación del artículo 457 del Código Penal
  • Artículos 157 ter y 158 del Código Procesal Penal

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Concepción
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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