Corte Suprema · Civil

El comodato vencido entre las mismas partes excluye la acción de precario

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que, si el ocupante ingresó por un comodato celebrado con el propio demandante, existe un vínculo jurídico que excluye la mera tolerancia exigida por el artículo 2195 del Código Civil, aunque el plazo del contrato esté vencido. Acogió la casación en el fondo del demandado y, en reemplazo, rechazó la demanda de precario.

Materias tratadas

  • Acción de precario
  • Título que justifica la ocupación
  • Mera tolerancia o ignorancia (artículo 2195 inciso 2° del Código Civil)
  • Contrato de comodato celebrado entre las mismas partes
  • Plazo de restitución largamente vencido

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
Disponible para suscriptores

Lee este fallo completo en Litis Pro

Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.

Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.

¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web

Fallos relacionados

Las fichas omiten nombres, RUT, rol y fechas. Si algún dato te identifica, pide su revisión o retiro en Privacidad y retiro.