Corte Suprema · Civil
Cualquier comunero puede demandar de precario en beneficio de la comunidad
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, en virtud del mandato tácito y recíproco entre comuneros, cualquiera de ellos está legitimado para ejercer acciones de conservación de la cosa común, como el precario, sin necesitar dominio exclusivo. Además, el recurso se apartaba de los hechos fijados: rechazó la casación en el fondo por manifiesta falta de fundamento.
Materias tratadas
- Acción de precario
- Legitimación activa de los comuneros
- Mandato tácito y recíproco
- Actos de conservación del haber común
- Inalterabilidad de los hechos en sede de casación
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
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