Corte de Apelaciones de Santiago · Familia
El cobro de alimentos con fondos previsionales puede repetirse
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el cobro de alimentos con fondos previsionales del artículo 19 quinquies de la Ley N° 14.908 puede pedirse más de una vez, siempre que se haya agotado la investigación de patrimonio del artículo 19 quáter y transcurrido un tiempo razonable desde los últimos pagos. Revocó y ordenó dar curso a la solicitud.
Materias tratadas
- Procedimiento extraordinario de cobro de pensiones alimenticias con cargo a fondos previsionales (artículo 19 quinquies de la Ley N° 14.908)
- Carácter repetible del procedimiento extraordinario y ausencia de impedimento legal para solicitarlo en más de una oportunidad
- Presupuestos de procedencia de una nueva solicitud: agotamiento del procedimiento de investigación de patrimonio (artículo 19 quáter de la Ley N° 14.908) y transcurso de un tiempo razonable respecto de los últimos pagos
- Improcedencia de entender el mecanismo como único y no renovable
- Recurso de apelación en el procedimiento de familia (artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web