Corte Suprema · Penal
El artículo 449 del Código Penal solo se aplica a delitos consumados
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el régimen rígido de pena del artículo 449 del Código Penal rige solo para el delito consumado, pues la pena señalada por la ley al delito es la del autor consumado, y sumarlo al artículo 450 sería una doble punición excepcional. Acogió los recursos de nulidad de las defensas y rebajó las penas.
Materias tratadas
- Inaplicabilidad del artículo 449 del Código Penal a delitos en grado de ejecución imperfecta
- Concurrencia acumulativa con el artículo 450 del Código Penal y principio de proporcionalidad
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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- Resumen extenso
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