Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
Detención declarada ilegal y firme impide imponer medidas cautelares
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, estando firme la declaración de ilegalidad de la detención, no existe por ahora razón legal para imponer medidas cautelares, pues falta el supuesto material de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Revocó el arraigo nacional y el arresto domiciliario parcial impuestos.
Materias tratadas
- Medidas cautelares personales del artículo 155 del Código Procesal Penal
- Efecto de la declaración firme de ilegalidad de la detención sobre la procedencia de cautelares
- Ausencia del supuesto material de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal
- Control de identidad del artículo 85 del Código Procesal Penal
- Allanamiento del Ministerio Público a la pretensión revocatoria de la defensa
- Tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades (artículo 4° de la Ley N° 20.000)
- Revocación conforme a los artículos 122, 140, 155 y 370 letra b) del Código Procesal Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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