Corte Suprema · Familia
Condena penal de la madre no basta para privarla del cuidado personal
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que fue un error cambiar el cuidado personal solo porque el padre asumió la crianza durante la breve privación de libertad materna y por la opinión del niño en ese contexto, sin ponderar todos los criterios del artículo 225-2 del Código Civil. Acogió la casación en el fondo y, en reemplazo, confirmó el cuidado personal materno.
Materias tratadas
- Cuidado personal, correcta aplicación de los criterios del artículo 225-2 del Código Civil y ponderación del interés superior del niño frente a la condena penal de la progenitora
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
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