Corte Suprema · Familia
Sin impugnar la sana crítica, la falta de posesión notoria queda firme
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, al no denunciarse infracción del artículo 32 de la Ley N° 19.968 sobre valoración de la prueba, los hechos son inamovibles, entre ellos que no se acreditó la posesión notoria del estado de hijo, por lo que el rechazo de la demanda fue correcto. Rechazó la casación por manifiesta falta de fundamento.
Materias tratadas
- Impugnación y reclamación de paternidad, la posesión notoria como acción y medio de prueba, e imposibilidad de alterar los hechos asentados al no denunciar infracción a la sana crítica
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
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