Corte Suprema · Familia
Compensación económica: no exige dedicación exclusiva ni la excluyen hijos previos
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el artículo 61 de la Ley N° 19.947 no exige dedicación exclusiva al hogar: basta haber trabajado menos de lo posible por dedicarse preferentemente a los hijos y al hogar común, y negarla por los hijos anteriores de la cónyuge careció de razón suficiente. Acogió la casación en el fondo y concedió la compensación.
Materias tratadas
- Los hijos previos al matrimonio integrados al hogar común no excluyen el derecho a compensación económica
- La ley no exige dedicación exclusiva al hogar
- Infracción al principio de razón suficiente por omisión de valoración íntegra de la prueba
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
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