Corte Suprema · Penal
Beber alcohol en la vía pública no es indicio para control investigativo
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que beber alcohol en la vía pública, mera infracción administrativa, solo autoriza el control preventivo de la Ley N° 20.931, no el investigativo del artículo 85 del Código Procesal Penal: las municiones halladas en ese registro son prueba ilícita. Anuló la sentencia y el juicio y ordenó uno nuevo sin la prueba de cargo.
Materias tratadas
- Porte de municiones (Ley 17.798)
- Control de identidad y exigencia de indicio (art. 85 CPP)
- Prueba ilícita y debido proceso
- Ingesta de alcohol en la vía pública como infracción administrativa
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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