Corte de Apelaciones de Valparaíso · Laboral
Acoso continuado: la caducidad de la tutela corre desde el último acto
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, en el acoso de tracto sucesivo, la caducidad del artículo 486 del Código del Trabajo corre desde el último acto. Como la lesión de derechos fundamentales y el daño moral son distintos, acoger la tutela y negar la indemnización por falta de prueba del daño no es contradictorio. Rechazó ambos recursos de nulidad.
Materias tratadas
- Recurso de nulidad laboral
- Tutela de derechos fundamentales de funcionario municipal (Ley N° 21.280)
- Caducidad de la acción de tutela y conductas de acoso de tracto sucesivo (artículo 486 del Código del Trabajo)
- Indicios suficientes de vulneración (artículo 493 del Código del Trabajo)
- Interposición conjunta de causales incompatibles (artículos 477 y 478 letra b) del Código del Trabajo)
- Distinción entre la vulneración de derechos fundamentales y el daño moral (pretium doloris)
- Facultades del juez para diseñar y modular las medidas reparatorias (artículo 495 N° 3 del Código del Trabajo)
- Extensión a puntos no sometidos a decisión (artículo 478 letra e) del Código del Trabajo)
- Valoración conforme a la sana crítica y primacía de la realidad (artículo 456 del Código del Trabajo)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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